Qué debes saber, como propietario, sobre la Nuda propiedad
El Abogado Francisco Jesús Pérez, Socio de Agencia La Playa de Gijón, es el encargado de explicar qué es la nuda propiedad y diferenciarlo del usufructo.
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La nuda Propiedad y el Usufructo
La nuda propiedad es el derecho de una persona sobre una cosa de la cual es propietaria, pero de la que no puede hacer uso.
La posesión y disfrute de ese bien estará en manos de un tercero, dando lugar a lo que se conoce como derecho de usufructo.
Consiste, por tanto, en la titularidad de un bien, aunque no conlleva su goce o posesión.
Actualmente, es un asunto muy recurrente dada la gran cantidad de propietarios, en especial personas mayores sin herederos o con necesidades económicas, que deciden vender la nuda propiedad de su vivienda y reservarse el usufructo.
Así, se aseguran continuar residiendo en su vivienda de forma vitalicia y además reciben una compensación económica a cambio de renunciar a la nuda propiedad.
La nuda propiedad es también un concepto de uso frecuente en el ámbito sucesorio, siendo habitual que los herederos reciban en herencia la nuda propiedad de un inmueble, pero se reserve el usufructo vitalicio sobre el mismo a un tercero (generalmente al cónyuge viudo).
Perfil del vendedor y modalidad de venta
Habitualmente, quienes venden la nuda propiedad, son
- personas mayores, de más de 75 años,
- con una pensión reducida o bajo poder adquisitivo.
- con necesidades de cuidados a domicilio, de estancias en centros de día o en residencias.
- personas que no quieren dejar deudas financieras a sus herederos.
La modalidad más habitual de venta es la de recibir el dinero, bien en un pago único, bien percibiendo una renta vitalicia periódica o una parte del capital al inicio y cobrar el resto en forma de rentas mensuales de por vida.
El usufructo suele reservarse hasta el fallecimiento, aunque también puede ser temporal.
El precio de venta suele establecerse entre un 20% y un 50% por debajo del valor de mercado.
El valor de la nuda propiedad depende de la esperanza de vida de las personas que se reservan el usufructo, es decir, en función de las edades y el sexo.
En cuanto a los impuestos, como el vendedor suele ser mayor de 65 años, y transmite su vivienda habitual, la ganancia quedaría exenta de tributación en el IRPF.
Preguntas habituales sobre la Nuda Propiedad
En esta Conferencia te daremos más información sobre la Nuda Propiedad, respondiendo a estos temas:
- ¿Es rentable comprar o vender la Nuda Propiedad?
- ¿A quién beneficia vender en nuda propiedad?
- ¿Cuales son las Ventajas para el vendedor y el comprador?
- ¿Qué Garantías ofrece esta solución?
- ¿Cual es el Valor fiscal de la Nuda propiedad? ¿Qué impuestos están asociados?
- ¿Cómo se Calcula el valor de la Nuda Propiedad?
Conferencia sobre la Nuda propiedad y el Usufructo
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