Cómo donar una vivienda a un hijo
Si quieres donar una vivienda a un hijo, lee con atención este artículo. Te contamos qué requisitos se deben cumplir, cómo es el procedimiento y qué impuestos habrá que abonar.
¿Cuáles son los requisitos para poder donar una vivienda a un hijo?
Estos son los principales requisitos necesarios a la hora de donar una vivienda:
- Una donación debe realizarse siempre en vida. El donante debe estar vivo en el momento en que se formaliza la cesión.
- El donante tendrá que ser el titular de la vivienda.
- La vivienda deberá estar libre de cargas.
- El propietario debe de estar al corriente del pago del IBI del inmueble que se va a donar.
Si el beneficiario de la donación la acepta, se deberán de realizar unas nuevas escrituras de propiedad ante notario.
También será necesario cambiar la titularidad del inmueble en el Registro de la Propiedad correspondiente.
¿Cómo es el procedimiento para donar una vivienda?
El donante, en este caso, los padres, deberán acreditar cierta información ante notario para poder realizar la cesión de la vivienda a sus hijos.
Deben acudir al Registro de la Propiedad para solicitar una nota simple que certifique que es el titular del inmueble.
Con este documento, las escrituras de compra de la vivienda y el último recibo del IBI, podrá acudir a la notaría para comenzar los trámites necesarios de la operación.
En el momento de realizarse la donación, deberán estar presentes ante notario el donante y el donatario (o sus representantes).
El donante hará constar su decisión de realizar la donación y el donatario deberá aceptar la misma.
Tras este trámite, se procederá a la firma de la escritura de donación. Con este documento y tras el pago de los impuestos correspondientes, el beneficiario de la operación podrá registrar el inmueble a su nombre en el Registro de la Propiedad. Haciendo así efectivo el cambio de titularidad de vivienda por donación.
¿Una donación está exenta de impuestos?
Como podrás imaginar, la respuesta es no. La persona que recibe la donación, es este caso, el hijo, deberá de pagar los impuestos correspondientes. Pero los padres, puede que tampoco estén exentos de pagar impuestos.
El plazo para realizar el pago de estos impuestos es de 30 días hábiles tras la firma de la escritura de donación en notario.
Los impuestos que el donatario deberá abonar son:
- Impuestos de donaciones: Lo regula cada Comunidad Autónoma.
- Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: Conocido como Plusvalía Municipal.
El impuesto que, por su parte, deberá abonar el donante es:
- Si en la operación queda constancia de que han tenido una ganancia patrimonial con la vivienda cedida, el donante también tendrá que pagar impuestos. Es decir, si el valor del inmueble es mayor al precio que pagaron cuando la compraron, deberán reflejarlo en el IRPF y tributar entre un 19 y un 26% en función del incremento alcanzado.
De todas formas, existen una serie de excepciones a estos impuestos. Son las siguientes:
- Cuando el inmueble sea la vivienda habitual del donante y este tenga más de 65 años, no tendrá que pagar el IRPF.
- Cuando el donante se queda el usufructo del inmueble, donando sola la nuda propiedad, que se consolidará a la muerte del donante.
Si estás pensando en donar una vivienda a un hijo o vas a recibir una donación, conocer los requisitos, el proceso y los impuestos asociados puede ser de gran ayuda para valorar si merece la pena o no.
Si quieres que te ayudemos a tomar la mejor decisión posible, ponte en contacto con nosotros. En QualisOptima somos expertos en todo tipo de operaciones inmobiliarias.