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Ayudas para la rehabilitación energética de tu vivienda

Los propietarios de vivienda pueden solicitar ayudas de los fondos Next Generation para la rehabilitación energética, siempre que las actuaciones supongan una reducción anual en la demanda energética del 7%, así como una disminución en el consumo de energía no renovable de al menos el 30%.

El Gobierno, a través del Plan Nacional de Energía y Clima, se ha fijado como objetivo rehabilitar más de 1 millón de viviendas hasta 2030 y llegar a los 7 millones de viviendas en 2050, en términos de eficiencia energética. Esas cifras suponen multiplicar por diez el volumen actual de viviendas rehabilitadas.

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Cuáles son las ayudas para la rehabilitación de viviendas

Son ayudas directas y ayudas fiscales sobre rehabilitación de edificios comunitarios y viviendas unifamiliares, que comprendan mejoras en calefacción, refrigeración, envolvente térmica, instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, aerotermia y otras energías renovables, como instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.

Las mejoras de eficiencia energética subvencionable son:

  • envolvente térmica,
  • uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria,
  • Incorporación de tecnologías de regulación y control,
  • eficiencia energética en la iluminación.

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Ayudas económicas directas

El primer paso es presentar un estudio de certificación energética antes de la rehabilitación. Al terminar las obras de rehabilitación, se debe justificar el ahorro energético logrado con una nueva certificación energética y es en ese momento cuando se efectúa el pago de las ayudas correspondientes.
Desde la Administración se está transfiriendo el dinero de las ayudas a las Comunidades Autónomas que presentaran convocatorias desde el primer trimestre de 2022.

Las ayudas de financiación bancaria, entre el período transitorio entre que se concede la ayuda y se abona. Se conceden préstamos para la rehabilitación y avales del ICO del 50 % del crédito a la rehabilitación.

Ayudas fiscales

El Real Decreto 853/2021 del 5 de octubre, regula la deducción fiscal que permite incluir los gastos de rehabilitación energética en la declaración. de la renta, identificando la cuantía invertida en rehabilitación que cumpla con los requisitos exigidos.

Un propietario se puede beneficiar de una deducción fiscal del 60 % de la inversión en rehabilitación, con un límite de inversión de 15.000 euros por vivienda.

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Qué importes de ayuda se aplican a la rehabilitación

Según el nivel de actuación sobre la vivienda o el edificio, extendiéndose a obras para la mejora del ahorro energético, la accesibilidad, la conservación o la salubridad.

Para elevar la sostenibilidad de los hogares, las ayudas de los Fondos Europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, oscilan entre el 40 y el 80% de la inversión, aunque en algunos casos llegan al 100%. Además, existen deducciones del IRPF que van del 20 al 60% de la cantidad destinada a la rehabilitación.

Si se llega lograr un 60 % de ahorro en consumo, el volumen de ayudas puede llegar al 80 % de la inversión (límite máximo de 20.000 euros).

Rehabilitación básica en un piso

En el caso de modificaciones que supongan cambios de ventanas, instalación de aerotermia u otras actuaciones de alcance limitado en una vivienda. Las ayudas se pueden solicitar igualmente y dan derecho a deducciones fiscales, aunque desde las instituciones, se pretende que se hagan actuaciones de mayor nivel.

Las ayudas base para las actuaciones son:

  • 25% del coste elegible para todas las tipologías de actuación,
  • 15% del coste elegible para mejora de la eficiencia energética en instalaciones de iluminación.

Rehabilitación integral

Cuando se actúa en un edificio completo de pisos o una vivienda unifamiliar, lo que se persigue es un mínimo de ahorro del 30% en consumo de energía no renovable. En este caso se aumenta de la ayuda al 35% del coste elegible.

El alcance implica intervenciones complejas, en la fachada, la cubierta, en instalaciones.,
Si se consigue un 45 % de ahorro, se obtendrá un 60 % de ayuda. Si solo se llega al 30%, se consigue un 45 % de ayuda en la rehabilitación de la vivienda.

Ayudas adicionales

Se pueden conseguir en función del uso del edificio y si se cumplen estos criterios:

  • 15% si se cumple el criterio social. Actuaciones en edificios de viviendas calificadas bajo algún régimen de protección pública.
  • 15% si se alcanza la clase energética A.
  • 20% si se cumple el criterio de actuación integrada, que combine dos o más tipologías de actuación, siendo una de ellas obligatoriamente sobre la envolvente térmica

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¿Quiénes pueden recibir las ayudas?

Los destinatarios de las ayudas a la rehabilitación de viviendas pueden ser:

  • Propietarios de edificios o locales
  • Empresas de servicios energéticos
  • Administraciones o comunidades de propietarios
  • Entidades locales y sector público
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias
  • Comunidades de energías renovables

¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?

En el momento en el que convoquen las ayudas por parte de las Comunidades Autónomas, los propietarios o su agente de la rehabilitación, podrán solicitarla a la comunidad autónoma que corresponda, que será el organismo que establezca el procedimiento de solicitud.

Los colegios profesionales de arquitectos, aparejadores, administradores de fincas y agencias inmobiliarias, pueden ofrecer  información y canalizar los proyectos de rehabilitación energética.

Las tareas que realiza el agente de la rehabilitación abarcan los trámites, tramitar la solicitud, elaborar los documentos técnicos, presentar propuestas a la comunidad de propietarios y poner en marcha la elegida.

Documentación requerida para las ayudas a la rehabilitación de viviendas

  • Datos de la vivienda/edificio: características, calle y referencias catastrales. En en edificios, el número total de viviendas o locales del edificio que se van a reformar, incluyendo la superficie construida y el número de alturas, contando con la planta baja.
  • Proyecto de adecuación o una memoria justificativa, incluyendo el ahorro en el consumo de energía primaria no renovable. Este se estima a partir de la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada.
  • Certificado de eficiencia energética actual (antes de empezar con la reforma).
  • Acta o certificado de acuerdo de la comunidad de vecinos. Los vecinos propietarios mostrarán su aprobación a la ejecución de las obras de rehabilitación.
  • Contrato de reforma con las partidas, mediciones, precios unitarios y totales con IVA y la aceptación expresa de la comunidad de vecinos. También contará con un resumen por capítulos con forma y sello de la empresa, debidamente identificada, que efectuará la obra.
  • Licencia urbanística y certificado de inicio de obras, que requiere la firma de un técnico titulado competente, además de estar fechado por el director de la obra. También debe tener el visto bueno del propietario.
  • Reportaje fotográfico de todas las zonas afectadas tendrán que fotografiarse, así como la fachada principal del edificio.

Plan PREE 5000: Programa de Rehabilitación Energética de Edificios

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La figura del agente rehabilitador

El responsable de la rehabilitación, es quien plantea a la comunidad de propietarios la situación y necesidad de la rehabilitación. Para facilitar este proceso, la Administración subvenciona al 100% la creación de un documento que es el Libro del Edificio Existente, para comparar su estada actual con el de la mejora potencial. Así, la comunidad de propietarios tiene información rigurosa para poder tomar la decisión de rehabilitar su edificio.

La gestión burocrática la realiza el agente rehabilitador: solicitar las ayudas, encargarse de su cobro, de pagar a terceros (un constructor, técnico, financiador), buscar la financiación privada que sea necesaria, etc.

Puede ser una empresa (constructora como una empresa de servicios energéticos) o un gestor, arquitecto o un aparejador, cualquiera que concierte servicios y se los ofrezca a la comunidad de propietarios para ejecutar la rehabilitación.

Si necesitas asesoramiento con el proceso de solicitud de las ayudas a la rehabilitación energética de tu vivienda o edificio, consulta con un Qualis Angel:

contacta qualis angel

Más Información: Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas (Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025)

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Fondos Next Generation y ayudas Kit Digital para la promoción inmobiliaria

Con el ánimo de ayudar a las empresas a construir y rehabilitar viviendas más sostenibles, accesibles y eficientes, se han dotado de impulsos económicos que permita invertir en mejorar esas áreas. NextGenerationEU es un plan de recuperación para transformar la economía y crear oportunidades y trabajos.

Las actuaciones del Kit Digital se centran en la digitalización de las empresas, idóneas para acometer la transformación digital del sector inmobiliario.

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Programas de ayudas

En una situación de Cambio climático y escasez de recursos, transformación digital y cambios demográficos, los Fondos europeos Next Generation para el sector inmobiliario, se centran en la rehabilitación de edificios, la regeneración de barrios y la promoción de vivienda de alquiler asequible, destinando 6.820 millones de euros.

El parque de edificios en España necesita intervenciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, que faciliten el derecho a una vivienda digna y adecuada.

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La eficiencia energética de los edificios y a través de estos de las ciudades constituye uno de los pilares básicos de futuro.

La actividad de rehabilitación en su conjunto debe de buscar áreas que permitan aplicar políticas integrales que prevean intervenciones en el ámbito social, económico, ambiental y de integración de la ciudad.

Las ayudas también se extienden a la Promoción de vivienda para alquiler social. La ampliación del parque de vivienda asequible en alquiler es una necesidad social para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes y a las familias más vulnerables.

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Ayudas para la rehabilitación de viviendas

El Gobierno de España destina 4.420 millones de los Fondos Next Generation para la rehabilitación de viviendas particulares.

Estas ayudas tienen como objetivo mejorar la eficiencia energética de las viviendas a través de:

  • Obras de rehabilitación de fachadas
  • Aislamiento de paredes
  • Cualquier otro elemento que pueda mejorar la eficiencia energética de la vivienda como humedades, tuberías, aire acondicionado o calderas.

Las ayudas de los Fondos Next Generation para la rehabilitación de viviendas están a disposición tanto de viviendas unifamiliares como de viviendas en comunidades de vecinos que:

  • Estén contraídas antes de 1996, con excepción de que se haya hecho alguna obra para la mejora de la accesibilidad o eficiencia energética.
  • En las viviendas unifamiliares el 100% debe ser el domicilio habitual y permanente de los solicitantes y en las comunidades de vecinos el 50% debe ser de uso residencial y el 50% el domicilio habitual.

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Ayudas para la sostenibilidad

La sostenibilidad es el elemento más importante del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Los edificios son responsables del 40% del consumo de recursos, 36% de las emisiones de carbono y 11% de consumo de materiales y construcción.

El 40% de los fondos de recuperación se destina a proyectos de sostenibilidad, el crecimiento económico y la sostenibilidad medioambiental.

Ayudas la construcción de vivienda social en alquiler

El plan contempla la construcción de vivienda pública, a través de empresas públicas o concesiones administrativas y derechos de superficie.

La dotación de mil millones de fondos europeos permitirá la construcción de unas 20.000 viviendas; en detalle, los promotores inmobiliarios podrán obtener una ayuda, proporcional a la superficie útil de cada vivienda, de hasta un máximo de 450 euros por metro cuadrado de superficie útil.

La cuantía máxima no podrá superar el 50% de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 47.250 euros por vivienda.

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Kit Digital para promotoras inmobiliarias

Desde el 15 de marzo, las empresas de 10 a 49 trabajadores (segmento I) pueden solicitar las ayudas, que ascienden a 12.00 euros por Bono Digital.

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

Categorías de soluciones digitales

  • Sitio web y Presencia en internet: Hasta 2.000€
  • Comercio electrónico: Hasta 2.000€
  • Gestión de redes sociales: Hasta 2.500€
  • Gestión de clientes: Hasta 4.000€
  • BI y analítica: Hasta 4.000€
  • Servicios de oficina virtual: Hasta 12.000€
  • Gestión de procesos: Hasta 6.000€
  • Factura electrónica: Hasta 1.000€
  • Comunicaciones seguras: Hasta 6.000€
  • Ciberseguridad: Hasta 6.000€

Alcance de las ayudas:

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Proceso de las ayudas

  1. El beneficiario y el Agente Digitalizador firman el acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales.
  2. El agente digitalizador implanta la solución digitalizadora contratada.
  3. Se emite una única factura, tras la primera fase de la prestación del servicio con la cuantía total del servicio e indicando la cuantía subvencionable.
  4. El adjudicatario efectuará el pago de los gastos no subvencionables (por ejemplo, el IVA) y cederá el derecho de cobro del importe subvencionable a favor del Agente Digitalizador.
  5. El Agente digitalizador tendrá un plazo de 12 meses para prestar la solución de digitalización solicitada por el beneficiario.

Justificación de cada proyecto

  1. Primera justificación (Máximo a los 3 meses):
    • Indicar la solución implantada.
    • Acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos.
    • Relación clasificada de gastos de la actividad.
    • Factura emitida por el Agente Digitalizador.
    • Conformidad expresa del beneficiario de la solución instalada.
    • Pago de los gastos no subvencionables.
  2. Segunda Justificación (A los 12 meses):
    • Acreditación del cumplimiento de requisitos.
    • Conformidad expresa del beneficiario de la solución prestada.

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Entrega de las ayudas y pago de los servicios

Las ayudas se abonan con el bono digital.

Al inicio del proyecto se abonarán los gastos no subvencionables, tras la primera justificación se realizará el primer pago del % del importe subvencionable al digitalizador.

Tras la segunda justificación, se realiza el segundo pago del % del importe subvencionable al digitalizador.

Más información: Acelerapyme (web oficial)

contacta qualis angel